Madrid flexibiliza las restricciones de circulación para vehículos sin distintivo ambiental en 2025
El Ayuntamiento de Madrid ha decidido flexibilizar las restricciones de circulación para vehículos sin distintivo ambiental en 2025, permitiendo que ciertos vehículos puedan seguir circulando por la ciudad, aunque bajo condiciones específicas. Esta medida afecta a coches empadronados en Madrid antes del 1 de enero de 2022 que no tienen distintivo ambiental, pero que cumplen con una serie de excepciones detalladas.
Vehículos empadronados en Madrid
Los coches sin distintivo ambiental que estén empadronados en la ciudad y figuren en el registro del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) y en el Registro de Vehículos de Madrid podrán circular durante todo el año 2025. Estos vehículos serán informados mediante un aviso si incumplen la normativa, pero no serán sancionados durante un periodo de transición.
Esta medida afecta principalmente a los siguientes vehículos:
- Coches de gasolina matriculados antes del 2001.
- Coches diésel matriculados antes de 2006.
Excepciones adicionales
El Ayuntamiento de Madrid también ha establecido otras excepciones para asegurar que ciertos colectivos no se vean perjudicados por las restricciones. Entre las excepciones destacan:
- Autónomos y sociedades unipersonales: Los autónomos que en 2025 cumplan 59 años y las sociedades unipersonales cuya flota de vehículos sin distintivo ambiental y de más de 3,5 toneladas represente al menos el 50% de su flota podrán obtener autorizaciones especiales para circular sin restricciones.
- Acceso a centros sanitarios: Los titulares de vehículos sin distintivo ambiental que necesiten acudir a centros sanitarios para recibir tratamientos médicos, así como sus familiares, estarán exentos de las restricciones.
- Vehículos catalogados como históricos: Aquellos vehículos considerados históricos según el nuevo reglamento también podrán seguir circulando por la ciudad sin restricciones.
- Vehículos para Personas con Movilidad Reducida (PMR): Los vehículos adaptados para el transporte de personas con movilidad reducida podrán circular sin limitaciones.
- Vehículos de emergencias y Fuerzas Armadas: No habrá limitaciones para los vehículos destinados a emergencias, como ambulancias, bomberos y vehículos de las Fuerzas Armadas.
Período de aviso y control
Desde el 1 de enero de 2025, se implementará un período de aviso durante el primer semestre del año, en el que no se impondrán sanciones, pero sí se enviarán notificaciones informativas a los conductores. Los vehículos sin distintivo ambiental serán controlados a través de sistemas automatizados de detección, como cámaras con lector OCR y foto-rojos.
Impacto de la medida
El objetivo de esta flexibilización es reducir el impacto social y económico de la transición hacia una movilidad más sostenible, al tiempo que se mantienen los esfuerzos para mejorar la calidad del aire en la ciudad. Para más detalles sobre cómo afectará la normativa a los vehículos y las excepciones, los conductores pueden consultar el portal oficial Madrid 360 o contactar con el Ayuntamiento.
Esta medida busca equilibrar la protección del medio ambiente con la necesidad de facilitar la movilidad a los ciudadanos más vulnerables y a sectores esenciales de la economía.



